Mágicas Ruinas
crónicas del siglo pasado
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El hombre, lobo de los animales UNA LEY, DE RECIENTE SANCION, TIENDE A IMPEDIRLO SE dice que el hombre es el lobo del hombre. Suele suceder, con mayor frecuencia, que lo sea de los animales. Una ley, recientemente sancionada por el Congreso Nacional, tiende a impedir este abuso de poder humano sobre los seres irracionales. Algunas premisas necesarias El señorío del hombre sobre la tierra y todo lo creado es de derecho divino. Estas palabras del Génesis lo definen: “Creced y multiplicaos, y henchid la tierra, y enseñoreaos de ella, y dominad a los peces del mar, y a las aves del cielo, y a todos los animales que se mueven sobre la tierra”. Pero señorío no es sinónimo de tiranía. Difieren ambos en que mientras aquél es la facultad de dominio sobre las cosas con sujeción a la razón, la tiranía es el mando ejercido según el dictado de las pasiones, o sea con arbitrariedad. Mientras el primero sirve al orden e implica justicia, la segunda se sirve a sí misma y quiebra la armonía de la creación. Y esto, aun dicho en un sentido estrictamente natural. Quienes se escudan en la palabra de Dios para ejercer un mando tiránico contrarían el espíritu del privilegio otorgado; quienes lo hacen porque simplemente conocen su superioridad racional, destruyen el equilibrio de la naturaleza. Ambos son culpables y deben ser educados y castigados. La iniciativa aprobada por el Poder Legislativo es, pues, un plausible intento de restaurar la dignidad del reinado del hombre, reparar las injusticias que sufren los demás seres vivos y restablecer la pacífica convivencia de éstos con aquél. Porque consiste en declarar “delito” todo acto de maltrato y de crueldad con los animales y en hacerlos pasibles de severas reprensiones que oscilan entre quince días y un año de prisión. Coincidencia substancial El debate a que dió lugar el proyecto —presentado originariamente por el diputado Antonio Benítez, modificado en parte por la Comisión de Legislación Penal y discutido en la sesión del día 22 de diciembre anterior— se caracterizó por una unidad esencial de criterio entre los bloques peronista y radical, en lo que atañe al fondo del problema. Fué así que en el análisis de los fundamentos de la norma legal propuesta a la Honorable Cámara de Diputados, sus miembros se expidieron, en tal sentido, de la siguiente manera: “Por medio de este instrumento legal... podrá crearse cabalmente el clima que necesita el país para lograr una conciencia jurídica nítida acerca de las relaciones del hombre con el animal” (diputado Bustos Fierro). “Coincido en que el asumo que trata la Honorable Cámara tiene una importancia social indudable, puesto que tiende a contemplar una nueva legislación de protección a los animales, para lo cual se propugnan normas represivas a quienes infligieran malos tratos o hicieran víctimas de actos de crueldad a los animales” (diputado Perette). “La posición de nuestro bloque es francamente favorable a todo lo que signifique un perfeccionamiento de los instrumentos legales destinado a amparar a los animales en sí, a evitar la comisión de actos que están reñidos con el grado de cultura y de civilización que el país ha alcanzado” (diputado Weidmann). “Recordando un acertado pensamiento de Humboildt, que decía que la civilización de un pueblo se conoce por la forma en que trata a los animales, he de dar mi voto afirmativo al proyecto...” (diputado Ferrer Zanchi). “Según mi opinión, en este delito que estamos considerando el sujeto pasivo es la colectividad, y el bien jurídico que se vulnera con los actos de crueldad o los malos tratos que se incriminan, es ese sentimiento de humanidad a los animales” (diputado V. González) . Tal unanimidad substancial entre personas que habitualmente discrepan por razones ideológicas y políticas, es ‘una prueba más, y muy concluyente, de que la impiedad con los animales choca con la común repugnancia de todos los hombres moralmente bien constituidos. Una antigua deuda Nuestra sociedad está en deuda con los animales. Se ha servido de ellos para labrar gran parte de su riqueza; para cubrir las inmensas distancias territoriales; para defender, con las caballerías militares y campesinas, la integridad física de la patria; para alimentarse; para defender de roedores y alimañas los graneros y las viviendas; para compartir el aislamiento en la soledad de campos y montañas. Pero no obstante, la legislación nacional no había recogido esta deuda de gratitud, este imaginario —pero real en cuanto exigencia de justicia— clamor animal por el amparo y la benignidad. Es verdad que en 1881 se fundó la Sociedad Argentina de Protección a los Animales; es verdad que a instancias de ésta se dictó en 1891 la ley 2786; es verdad que la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires promulgó en 1923 una ordenanza al respecto. Pero la ley sancionaba con una multa de dos a cinco pesos o arresto computable a razón de dos pesos por día, y la ordenanza tenía una vigencia ilusoria. La ley es sólo un principio Hemos llegado así al término del período ordinario de sesiones del Congreso Nacional correspondiente al año 1954. En la reunión del 9 de septiembre tuvo entrada un extenso proyecto de protección a los animales del que es autor el diputado Ferrer Zanchi; poco antes había presentado el suyo, también extenso y previsor, el actual presidente de la Cámara joven, diputado Benítez. Ambos fueron considerados, así como los que remitiera el Poder Ejecutivo en 1947 y 1951 y el que auspiciara en 1948 el ex diputado Sanmartino, por la Comisión de Legislación Penal, la que tuvo en cuenta la legislación comparada y numerosas iniciativas de las beneméritas instituciones privadas dedicadas a la atención de este problema. Pero la citada comisión estimó prudente, por razones que fueron expuestas, presentar un proyecto menos ambicioso. En relación con la magnitud del tema, las normas sancionadas no son plenamente satisfactorias. Pero significan un verdadero principio de reparación. En ese sentido sumamos nuestro aplauso a los muchos que ha suscitado en todo el país. Mas no seríamos consecuentes con nuestro pensamiento si no expusiéramos algunos de los defectos que hemos hallado en ellas. En primer lugar, el proyecto no castiga el abandono. Los animales (perros, gatos, caballos), han servido a sus dueños. Pero, viejos o enfermos, suelen ser despiadadamente abandonados y deambulan por calles y caminos a la espera de la muerte. En segundo término, no se ha previsto la organización oficial de institutos o refugios, cuya necesidad es urgente, ni se ha establecido un régimen de ayuda financiera estatal a las sociedades protectoras, que se debaten en la mayor pobreza. Y, por último, no se prohíbe la vivisección inmotivada. Mientras tanto, la conducta del hombre con los animales destinados a la matanza, es indigna del papel que le asignó la Providencia sobre todo el orbe creado. El ganado que en distintas especies es llevado a los establecimientos de faenamiento para la alimentación pública, viaja en vagones-jaulas en un hacinamiento conmovedor —días y días, sin agua, sin sustento— que los convierte en víctimas antes de su sacrificio y convierte nuestro derecho humano a subsistir en crimen de lesa naturaleza. Sufren, pero no están solos Frente a este cuadro de inconciencia y abandono, muchos hombres y mujeres se han agrupado para defender a estos seres inocentes —inocentes de nuestras culpas y apetitos— de la frialdad, desprecio o, aun, vesania humana. La Sociedad San Roque para Defensa de los Animales y la Liga Argentina de Protección a los Animales, empeñadas ambas en una lucha sin tregua en favor de los indefensos, albergan en sus respectivos asilos a más de 700 animales, todos ellos recogidos en las calles de la opulenta ciudad de Buenos Aires y pueblos vecinos en un estado de lamentable desnutrición y con la marca de haber sufrido en su cuerpo toda clase de crueldades; magníficas obras de piedad sostenidas por el sacrificio, casi heroico, de un reducido núcleo de personas que realizan el milagro de aliviar, en parte, las desventuras de esos inocentes seres. La Asociación Protectora de Animales ‘‘Sarmiento”, que, no obstante su larga vida no ha podido obtener la ayuda que necesita y se desenvuelve en forma penosa por falta de recursos. La Sociedad Protectora de Animales de Lujan, creada recientemente por un grupo de jóvenes, realiza una obra. importantísima en la zona. La Sociedad Argentina Protectora de Animales y la Liga Argentina contra la Vivisección, también luchan desde hace años en forma encomiable, para desterrar la impiedad del hombre hacia los animales. La Asociación Popular Protectora de Animales de Rosario; y en Eva Perón la Asociación Pro-Amparo y Defensa del Animal, también efectúan denodados esfuerzos para combatir la crueldad humana con los seres inferiores. Pero cada día es más evidente la necesidad de que haya una conciencia pública de los deberes que tiene la sociedad para con éstos. La ley comentada propende a ella, y ya es algo después de tan largo abandono. El dominio lícito y legítimo Hemos recordado al principio de esta nota que el hombre es el rey de la creación; que es el amo y señor de la tierra con todo lo que ella contiene. Hemos recordado también que hay dos maneras de ejercer ese dominio sobre los seres irracionales. No sólo por ellos, sino por nosotros mismos, por nuestra propia estimación, el mando que se nos ha dado no debe ser abusivo. Es misterioso el papel de los animales en el vasto plan de la naturaleza. Muchos pensadores han querido explicarlo, desentrañarlo de su pasividad o fiereza, de la domesticidad o rebeldía. San Francisco de Asís, el "Poverello" y una de las más altas cumbres del género humano, daba a todas las criaturas el dulce nombre de “hermanas”. El Sumo Pontífice Pío XII ha dicho: "El mundo de los animales es una manifestación del poder de Dios, de su bondad y, como tal, merece el respeto y la consideración de los hombres”. Pero aun quienes no sean creyentes en esta particular filosofía, deben, si, creer en su propia dignidad de hombres, que queda rebajada y mancillada cada vez que su mano y su desprecio se alzan contra los animales. La ley sancionada castigará como a “delitos” el maltrato y la crueldad. Es un comienzo de reacción digno del mayor encomio. Pero algún día habrá que dictar una ley comprensiva de todos los aspectos de este delicado problema, que regule definitivamente las relaciones del hombre con el mundo animal. Sólo entonces se habrá hecho justicia al clamor de buenas y mansas bestias de nuestra tierra. OVIS Esto Es 14.12.1954 (Nota MR: acerca de la ley de protección animal https://www.argentina.gob.ar/justicia/derechofacil/leysimple/maltrato-animales) |